El Plan Estatal tiene como objetivos, entre otros, facilitar el acceso a la vivienda a los sectores de población con menos recursos; y apoyar el alquiler como vía idónea para el acceso a la vivienda, especialmente para quienes disponen de menores niveles de renta.
Además, fomenta la rehabilitación de edificios y la regeneración y renovación urbanas para mejorar la calidad de la vivienda y contribuye a mejorar la eficiencia energética de nuestros edificios y de las ciudades, lo que redundará en una mayor calidad de vida, ahorros energéticos, una economía de bajo consumo y el cumplimiento de la Estrategia Europea 2020.
Inversión y efectos del Plan
A través de este convenio, se transferirán desde el presupuesto del Ministerio de Fomento a la Comunidad Autónoma de Andalucía más de 137 millones de euros por las subvenciones previstas en el Plan, a lo que hay que sumar las cantidades destinadas a las subsidiaciones de préstamos de vivienda a residentes en esta Comunidad y otras subvenciones correspondientes al periodo de transición entre los planes anteriores y el nuevo. Todo ello supone una inversión total por parte del Ministerio de 455 millones de euros.
A la inversión que destina Fomento a este Plan, que contempla ayudas al alquiler, a la rehabilitación de viviendas y a la subsidiación de préstamos hipotecarios, hay que añadir la aportación de la Comunidad Autónoma.
A partir de esta inversión se prevé que la participación del sector privado en las áreas de rehabilitación de edificios, regeneración y renovación urbanas ascienda a 204 millones de euros, lo que podría generar alrededor de 5.800 puestos de trabajo en tres años en dicha Comunidad.
Programas
El Plan Estatal de la Vivienda contempla siete programas:
1) Programa de subsidiación de préstamos convenidos:
La subsidiación es una ayuda que se descuenta de la cuota del préstamo hipotecario.
Se mantienen las ayudas de subsidiación concedidas en aplicación de planes de vivienda anteriores, para ayudar a los deudores hipotecarios con menos recursos a hacer frente a las obligaciones de sus préstamos.
2) Programa de ayuda al alquiler:
El objetivo de este programa es facilitar el acceso y la permanencia en una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población que tengan dificultades económicas.
Como beneficiarios figuran las personas físicas mayores de edad con un límite de ingresos inferior a 3 veces el IPREM (22.365,42€), modulable según el nº de miembros y composición de la unidad de convivencia, lo que asegura que accedan a la ayuda las familias más necesitadas. El alquiler mensual debe ser igual o inferior a 600 €.
Las ayudas serán de hasta el 40% de la renta del alquiler, con un límite de 2.400 € anuales por vivienda y un plazo máximo de 12 meses prorrogable hasta el final del Plan. Tendrán preferencia las personas afectadas en los procedimientos de desahucios.
3) Programa de fomento del parque público de vivienda en alquiler:
Este programa tiene por objeto la creación de un parque público de vivienda protegida para alquiler sobre suelos o edificios de titularidad pública.
Como beneficiarios figuran las Administraciones públicas, organismos públicos, fundaciones y asociaciones declaradas de utilidad pública, ONG y empresas privadas con derecho de superficie.
Las ayudas alcanzarán un máximo de 250€ por m2 útil de la vivienda en proporción a la superficie de la misma, de hasta el 30% del coste de la edificación con un límite máximo de 22.500€ por vivienda.
Dentro del programa figuran viviendas de alquiler en rotación: para unidades de convivencia con rentas hasta 1,2 (8.946,17€) veces el IPREM. El precio del alquiler no podrá superar 4,7 € mensuales/m2 útil; y viviendas de alquiler protegido: para unidades de convivencia con ingresos entre 1, 2 y 3 veces el IPREM (entre 8.946,17 y 22.365,42€). El precio del alquiler no podrá superar 6€ mensuales/m2 útil. Al menos el 50% han de ser viviendas de alquiler en rotación.
4) Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria:
Este programa está orientado al impulso de las actuaciones de intervención en edificios e instalaciones para mejorar su estado de conservación, garantizar la accesibilidad y mejorar la eficiencia energética. Los inmuebles deberán tener una antigüedad anterior a 1981 y al menos el 70% de su superficie debe tener uso residencial de vivienda y constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios.
Como beneficiarios figuran comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de viviendas.
Las ayudas serán de hasta 4.000€ por vivienda para conservación; hasta 2.000€ por vivienda para mejora de la eficiencia energética (5.000€ si se reduce en un 50% la demanda energética del edificio); hasta 4.000€ por vivienda para mejora de accesibilidad. La cuantía no podrá superar el 35% del presupuesto; excepcionalmente en el caso de mejora de la accesibilidad el 50% y en todo caso 11.000€ como máximo por vivienda.
5) Programa de fomento de la regeneración y renovación urbana:
El objetivo de este programa es la financiación de la realización conjunta de obras de rehabilitación en edificios y viviendas, de urbanización o reurbanización del espacio público o de edificación en sustitución de edificios demolidos, dentro de un ámbito delimitado: mínimo 100 viviendas, salvo excepciones (Ej: cascos históricos o núcleos rurales)
Podrán beneficiarse del mismo quienes asuman la responsabilidad de la ejecución integral del ámbito de actuación: Administraciones Públicas, comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades, consorcios, entes o empresas privadas.
Las ayudas serán un máximo del 35% del presupuesto, con un tope de:
6) Programa de implantación del informe de evaluación de edificios
El IEE es un informe regulado en la Ley 8/2013, de 26 de junio que analiza el estado de conservación, accesibilidad y la eficiencia energética del edificio.
El objeto de este programa es dar un impulso a la implantación y generalización de un Informe de evaluación de los edificios (IEE) que incluya el análisis de las condiciones de accesibilidad, eficiencia energética y estado de conservación, mediante una subvención que cubra parte de los gastos de los honorarios profesionales por su emisión.
Podrán beneficiarse del mismo comunidades de vecinos, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos que realicen el informe de evaluación antes de que finalice el año 2016.
Se concederá una ayuda de 20€ por vivienda con un máximo de 500€ por edificio y del 50% del coste del informe del edificio.
7) Programa de fomento de ciudades sostenibles y competitivas
Este programa tiene por objeto la financiación de la ejecución de proyectos de especial transcendencia: Mejora de barrios, Centros y Cascos históricos, sustitución de infraviviendas, Eco-barrios y zonas turísticas.
Como beneficiarios figuran las administraciones públicas territoriales, propietarios de edificios de viviendas, comunidades de propietarios, consorcios, entes asociativos de gestión.
Fuente: www.elderecho.com
Avda. Isla Cristina, 3
Edf. Estrella de Mar - Local
CP. 21449 La Antilla-Lepe-Huelva
T: +34 609.175.213
Localización
Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.
ACEPTAR